Resolución5/2009
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JUNTA ELECTORAL PARTIDARIA. MOVEPRO
RESOLUCION 5/2009
ELECCION DE AUTORIDADES PARTIDARIAS
En la Ciudad de Monte Grande, a los 8 días del mes de abril de 2009, con la presencia de los miembros de la Junta Electoral Partidaria del Movimiento Vecinalista Provincial que firman al pie de la presente, se abre el acto siendo las 19 hs, para considerar el cronograma electoral interno, y por ello se propone aprobar la siguiente
Visto y Considerando
- Que por Resolución 3/2009 se adecuó el cronograma electoral partidario como solicitado por el juzgado federal a fs. , considerando la preclusión del plazo para presentar listas de candidatos a partir del fallo n° 4051/2008 de la CNE.
- Que dicho cronograma fue publicado en el diario La Nación del miércoles 18 de marzo de 2009.
- Que de resultas de dicho fallo solo dos listas fueron consideradas presentadas, esto es, la Lista Verde, cuyos apoderados son Ana María Romero y Raúl Ricardo Fanetti, presentada el 13 de octubre de 2007, y la lista Blanca, cuyo apoderado es Juan Alberto Vera, presentada en sede judicial el 24 de octubre de 2007.
- Que esta Junta Electoral habilitó días y horas para la exhibición del padrón de afiliados y las listas presentadas desde el 27 de marzo hasta el 30 de marzo de 2009.
- Que en ese período se constató solo la consulta de padrones y listas presentadas de los apoderados de la Lista Verde, Sr. Raul Ricardo Fanetti y Sra. Ana María Romero.
- Que el día 31 de marzo del presente año venció el plazo para que se formularan correcciones y reclamos al padrón, como asimismo correcciones de listas e impugnaciones a candidatos y listas presentadas.
- Que el 3 de abril esta Junta Electoral procedió a rechazar la lista Blanca y tener por oficializada la Lista Verde.
- Que transcurrido el plazo de 48 hs para que los apoderados formulen sus objeciones y sin que se acredite en esta Junta tal extremo es necesario proceder a proclamar a la lista Verde como triunfante, por ser la única lista habilitada para participar.
- Que de esta manera se dejan sin efecto los comicios oportunamente programados.
- Que esta Junta Electoral Provincial se halla facultada para el dictado de la presente en el art. 17° de la COP.
Por ello esta Junta Electoral Partidaria
RESUELVE
- 1.Proclámase en forma inmediata, plena y sin reserva alguna a la Lista Verde como triunfante en el proceso electoral interno del Movepro, quedando consagradas las siguientes autoridades partidarias:












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